Productos de apoyo para la autonomía personal
Según la norma UNE EN ISO 9999: «Productos de Apoyo para personas con discapacidad. Clasificación y Terminología«, los productos de apoyo son cualquier producto (incluyendo dispositivos, equipos, instrumentos, tecnologías y software) fabricado especialmente o disponible en el mercado para prevenir, compensar, controlar, mitigar o neutralizar deficiencias, limitaciones en la actividad y restricciones en la participación.
Cuando hablamos de productos de apoyo no se incluyen los cambios que podemos realizar en el medio que rodea a un sujeto para hacerlo más accesible, eliminando todos los obstáculos y barreras, sino que se trata de herramientas empleadas por las personas con discapacidad para desenvolverse de forma autónoma. Básicamente, son ayudas materiales y equipamientos.
Los productos de apoyo (como instrumentos o herramientas útiles) constituyen una vía fundamental para la participación en la sociedad de las personas con limitaciones y permiten disfrutar de mayor autonomía, permitiéndoles realizar actividades que, sin su uso, resultan de gran dificultad o imposibles de llevar a cabo. Todas las ventajas que los productos de apoyo ofrecen, repercuten en la calidad de vida de la persona. En efecto, contribuyen a aumentar la capacidad de autonomía y participación y, por el contrario, su carencia o inadecuación levantan barreras que implican inaccesibilidad y dependencia, restringiendo o impidiendo la participación y el ejercicio de los derechos.
En particular, las personas con Alzheimer y otras demencias pueden presentar limitaciones en distintas dimensiones de su funcionamiento: movilidad, desplazamiento, aprendizaje, memoria, orientación temporal y espacial, etc. Disponer de productos de apoyo les puede facilitar una mayor autonomía y calidad de vida, tanto a ellas, como a sus cuidadores familiares.
¿Qué productos de apoyo existen?
En la página web de CEAPAT (Centro de Referencia Estatal de Autonomía Personal y Ayudas Técnicas) se puede acceder a una información completa sobre los productos de apoyo que existen en función de los distintos ámbitos de necesidad que presentan las personas.
El Catálogo de productos de apoyo de CEAPAT recoge los siguientes:
- Productos de apoyo para tratamiento médico personalizado. Se incluyen los productos destinados a mejorar, controlar o mantener la condición médica de una persona. Se excluyen productos de apoyo usados exclusivamente por profesionales sanitarios.
- Productos de apoyo para el entrenamiento/aprendizaje de habilidades. Se incluyen, por ejemplo, dispositivos destinados a mejorar las capacidades físicas, mentales y sociales de una persona. Dispositivos que tienen una función distinta a la del entrenamiento, pero que también se pueden usar para el entrenamiento, se deberían incluir en la clase que cubre su función principal. Productos de apoyo para la evaluación y la formación laboral.
- Ortesis y prótesis. Las ortesis son dispositivos que se aplican externamente y se utilizan para modificar las características estructurales y funcionales de los sistemas neuromuscular y esquelético; las prótesis son dispositivos que se aplican externamente y se utilizan para reemplazar completa o parcialmente una parte del cuerpo no existente o deficiente. Se incluyen, por ejemplo, las ortesis accionadas por el cuerpo y por una fuente de energía externa, las prótesis, las prótesis estéticas y el calzado ortopédico. Se excluyen las endoprótesis, las cuales no forman parte de esta norma internacional.
- Productos de apoyo para el cuidado y la protección personal. Se incluyen, por ejemplo, productos de apoyo para vestirse y desvestirse, para protección corporal, para higiene personal, para el cuidado de traqueotomías, ostomías e incontinencia, y para actividades sexuales. Productos de apoyo para comer y beber.
- Productos de apoyo para la movilidad personal. Ortesis y prótesis. Productos de apoyo para llevar y transportar. Productos de apoyo para transportar objetos en el lugar de trabajo.
- Productos de apoyo para actividades domésticas. Se incluyen, por ejemplo, productos de apoyo para comer y beber.
- Mobiliario y adaptaciones para viviendas y otros locales. Juegos de ruedas giratorias. Productos de apoyo para la mejora del ambiente/entorno. Mobiliario y elementos de mobiliario para el lugar de trabajo.
- Productos de apoyo para la comunicación y la información. Productos de apoyo para ayudar a una persona a recibir, enviar, producir y procesar información en diferentes formatos. Se incluyen, por ejemplo, dispositivos para ver, oír, leer, escribir, telefonear, señalizar y alertar, y tecnología de la información. Productos de apoyo para la administración de la oficina, el almacenamiento y la gestión de la información en el trabajo.
- Productos de apoyo para manipular objetos y dispositivos. Productos de apoyo para transportar objetos en el lugar de trabajo. Productos de apoyo para elevar y reposicionar objetos en el lugar de trabajo.
- Productos de apoyo para la mejora y evaluación del ambiente/entorno. Dispositivos y equipos para mejorar y medir el ambiente/entorno. Productos de apoyo para el empleo y la formación laboral.
- Productos de apoyo para el empleo y la formación laboral. Dispositivos que responden principalmente a las exigencias del lugar de trabajo y dispositivos destinados a la formación laboral. Se incluyen, por ejemplo, máquinas, dispositivos, vehículos, herramientas, materiales y programas informáticos, mobiliario e instalaciones de fabricación y de oficina, y materiales para la evaluación y la formación laboral. Productos de apoyo para el entrenamiento/aprendizaje de habilidades. Productos de apoyo para la movilidad personal. Mobiliario y adaptaciones para viviendas y otros locales. Productos de apoyo para la comunicación y la información.
- Productos de apoyo para el esparcimiento. Dispositivos previstos para juegos, aficiones, deportes y otras actividades lúdicas.
¿Existen ayudas públicas para financiar productos de apoyo para la autonomía personal?
El acceso a productos de apoyo se puede realizar por dos vías complementarias:
- Por un lado, desde el Sistema de Salud. Dentro del Catálogo de prestaciones del Sistema Nacional de Salud se reconoce la prestación ortoprotésica. En concreto, la Cartera de servicios comunes de prestación ortoprotésica comprende los implantes quirúrgicos, las prótesis externas, las sillas de ruedas, las ortesis y las ortoprótesis especiales. El acceso a los mismos se realiza a través del médico de atención primaria o especializada. En cada Comunidad Autónoma se establece el procedimiento concreto de acceso a estas prestaciones, así como los importes garantizados de cada producto, proveedores acreditados y régimen de justificación y cobro de la ayuda.
Dónde dirigirse: centro de salud, médico de atención primaria o especializada.
- Por otro lado, desde el Sistema de Servicios Sociales. En este caso, dentro del desarrollo del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) en cada Comunidad Autónoma o Territorio, se pueden establecer ayudas para financiar productos de apoyo para la autonomía personal: tanto en ayudas complementarias para financiar productos del Catálogo ortoprotésico, como productos en otros ámbitos: comunicación, adaptaciones de la vivienda, adaptaciones de vehículos, etc. En este caso, tanto el reconocimiento de estas ayudas, como los productos a los que alcanza, importe de las ayudas y sistema de valoración y acceso, depende de la regulación en cada Comunidad Autónoma o Territorio.
Dónde dirigirse: servicios sociales de base, Departamentos o Consejerías competentes en materia de Servicios Sociales, Asociaciones de Familiares de personas con Alzheimer y otras demencias.
Normativa aplicable
- Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Disposición Adicional Tercera.
- Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
- Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización.
- Real Decreto 1506/2012, de 2 de noviembre, por el que se regula la cartera común suplementaria de prestación ortoprotésica del Sistema Nacional de Salud y se fijan las bases para el establecimiento de los importes máximos de financiación en prestación ortoprotésica.
- Normativa de desarrollo autonómico y foral.
MATERIALES
- Cuadernillos con Ejercicios de estimulación cognitiva de diferentes grados
- Juego del Memory
- Cómic: Tú, yo y el Alzheimer
- Consejos para pacientes y cuidadores
¡Y muchos más!